Si una virtud tiene la desaparición de los órganos garantes de acceso a la información, está en que la carga para garantizar este derecho fundamental se centra en los sujetos obligados, y sobre ello habrá que construir un modelo novedoso, progresivo, considerando lo siguiente:
1. Las entidades federativas sí tienen margen de maniobra para construir su propio modelo de acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción. La Constitución federal establece “principios y bases”, no límites, incluso así deberá establecerse en la Ley General que se enviará al Senado, abarcando los procedimientos de acceso (Art. 6°, apartado A (primer párrafo) y fracción VIII).
2. El modelo base constitucional reserva la resolución de controversias en materia de acceso a la información a los órganos de control interno (contralorías), pero éstas de suyo no las convierte en nuevos INAI o ITEI, para el caso de Jalisco.
3. Si los aún existentes organismos garantes concentraban todas las funciones en materia de acceso a la información, ahora, con un modelo dividido, se abren dos retos-oportunidades.
Retos: evitar la fragmentación e incomunicación-interacción de los sujetos obligados en la materia, en específico, que aumenten las asimetrías para el ejercicio de este derecho, que por su materia y objeto es dinámico: las necesidades de información son vivas y cambiantes. Lo mismo puede suceder con los órganos de control interno.
Si entre las entidades federativas se registran asimetrías y deficiencias estructurales, administrativas, presupuestales, políticas, sociales, etcétera, qué no decir en los ayuntamientos de los municipios de cada entidad.
Oportunidades: diseñar un modelo para que los sujetos obligados (poderes, órganos autónomos, ayuntamientos) de cada entidad interactúen y caminen coordinadamente en su obligación primaria. Con un modelo institucional integral e integrador, podrían caminar juntos, autorregulándose, que simplifique el acceso a información sobre necesidades y circunstancias que cada comunidad requiera.
Lo mismo permitiría impulsar y fortalecer a los órganos de control interno, en particular de ayuntamientos.
Esto último sería crucial y fundamental para un nuevo enfoque de rendición de cuentas y combate a la corrupción.
Pero lo más importante, crucial, para la garantía de este derecho fundamental: el modelo debe partir de una presencia y participación sustancial permanente de los sujetos de los derechos, o de lo contrario, todo sería autoreferencial, endogámico, autodestructivo, pues ni se garantizaría los derechos desde los propios sujetos de estos, no se rendiría cuentas más que a sí mismos, y se construiría una coraza legal e institucional que favorezca más la corrupción.