Me piden probar mis dichos con respecto a la mención hecha sobre la mucha administración y poca política cultural en el Municipio de León. Tarea harto difícil pero no imposible ya que sólo hay que responder, de manera cabal, lo siguiente: ¿qué producen quienes nos gobiernan, para lograr qué resultados, a través de qué medios? Todo esto con la consabida ganancia de los valores culturales, que tanto los agentes como los artistas procuran producir y propagar, para beneficio de la sociedad.
Pero definamos primero lo que es la política cultural: “(…) designa a una zona muy diversificada de programas, proyectos y acciones culturales generados por gobiernos federales, estatales y municipales; por universidades y por empresas privadas”. (Carlos Montemayor, Apuntes sobre políticas culturales en México). Ahora echemos un vistazo a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (última reforma 2018) donde el Artículo 2 expresa la naturaleza del Municipio: “El Municipio Libre es base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su gobierno interior y libre en la administración de su hacienda”.
Así pues, delimitados este par de conceptos, pasemos a las especificidades con respecto a las atribuciones del Ayuntamiento según el Artículo 76 en el numeral V. En materia de “(…) educación y cultura” se debe promover su desarrollo, así como proteger y preservar el patrimonio cultural junto con la formulación de programas de organización y participación social además de “contar con un registro del acontecer histórico local y con el archivo de los documentos históricos municipales”.
Aclarado lo anterior pongamos un ejemplo para explicar a los recién llegados, directores, presidentes e integrantes de los consejos ciudadanos, que, desde la Comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, esta tiene la obligación de: “Coadyuvar con los gobiernos federal y estatal en el cumplimiento de las disposiciones que en materia de educación establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, esta Ley u otros ordenamientos aplicables.
II. Fomentar acciones en favor de la cultura, la recreación y el deporte; III. Revisar y opinar sobre los proyectos de reglamentos de su competencia; IV. Solicitar y obtener de los demás titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; y V. Las demás que le señale el Ayuntamiento, esta Ley u otras disposiciones aplicables”. Es decir, no hay puntos de fuga para no procurar la producción y la propagación de los valores culturales aludidos para bienestar de todos. Dicho de otra manera: la élite cultural y la democracia son compatibles. El valor cultural lo pone el pueblo porque tiene, desde la Administración, una política pública que le beneficia.
Continuará…
Juan Carlos Porras