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Si trabajo remoto en México y me pagan en dólares, ¿tengo que declarar impuestos?

AQUÍ te damos información importante acerca de este tipo de trabajos.

Los trabajos remotos son más comunes hoy en día, pues cada vez más los profesionistas optan por este estilo de trabajo donde realizan sus actividades desde su hogar.

Después de que la pandemia por covid-19 en 2020 trajera el trabajo a distancia como una opción para muchas personas, principalmente de oficinas, las empresas adecuaron esta modalidad a su manera y condiciones, por lo que no era una modalidad regulada.

Debido a esto, AQUÍ te decimos cómo es que se realizan los procesos de pagos y si tienes que pagar impuestos teniendo un trabajo como este.

Trabajar para una empresa extranjera representa un mayor beneficio, ya que en el caso de las corporaciones de Estados Unidos, los pagos son en dólares; Sin embargo, es importante saber que al igual que un trabajo en México, tienes obligaciones fiscales que cumplir , por lo que debes considerar el pago de impuestos.

Debido a esto, es más común saber de personas que trabajan para grandes empresas extranjeras y “ hacen home office” ; Sin embargo, son muchas las dudas que surgen entre las personas a la hora de pensar en este tipo de trabajos, entre ellos todo el tema de trámites, los pagos y por supuesto los impuestos.

Cada movimiento debe incluirse en tu declaración ante el SAT de manera puntual , esto aplica teniendo tu cuenta de nómina en un banco nacional o de otro país. Además, si eres freelancer también es importante que realices tus declaraciones.

Debido a que son más los trabajos desde casa, se implementó la nueva norma  NOM-037, misma que entró en vigor el  5 de diciembre del 2023, esto  para regular este tipo de empleos y que sean seguros para todos:

El Diario Oficial de la Federación (DOF) informa que en esta nueva norma se debe:

  • Entregar las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar de trabajo, fuera de las oficinas, con la periodicidad acordada.
  • Informar al empleador cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo.
  • Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario que les proporcione el patrón para realizar home office.
  • Observar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, y someterse a los exámenes médicos.
  • Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por los empleadores en el desempeño de sus actividades a distancia, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
  • Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal.

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