La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional las multas que se imponen en el estado de Sonora a los conductores del transporte público concesionado por “falta de aseo” o por cantar y poner canciones obscenas en sus unidades.
Lo anterior derivó de una acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual impugnó diversos artículos de las leyes de ingresos y egresos de 48 municipios de la mencionada entidad.
Inválidas normas de las Leyes de Ingresos y Presupuesto de Ingresos de los Ayuntamientos de diversos municipios de Sonora, que establecían cobros por concepto de derechos, productos y cuotas relacionados con acceso a la información, discriminación, libertad de expresión y reunión pic.twitter.com/Z5TOhiZuxR
— Suprema Corte (@SCJN) September 22, 2020
Los ministros consideraron que los artículos limitan los derechos de libre expresión, además de que genera actos de discriminación.
Asimismo, el Pleno anuló fracciones de las leyes de ingresos municipales que impedían manifestaciones en espacios públicos sin previa autorización.
También establecían cobros de derechos por permisos para eventos familiares o sociales y avalaban cobros excesivos por la entrega de información pública.
FS